El día 1 de Marzo de 2008 el profesor Narciso Santos Yanguas nos deleitó con una instructiva y amena disertación sobre el tema "Gobierno central y autonomía municipal en la Asturias antigua". En resumen, el contenido de la conferencia versó sobre lo siguiente:
La administración romana llega al Norte peninsular, incluido el territorio de los astures, como consecuencia del proceso de anexión y organización de todo el suelo ibérico, en especial a partir de las dos divisiones de Augusto (y la consiguiente estructuración en conventus jurídicos como subdivisiones provinciales).
En este contexto la administración romana introduciría a los grupos de población astur, junto con sus unidades suprafamiliares y los centros de habitat correspondientes, en el marco de modelo romano de ciudad-territorio, de manera que dichas unidades gentilicias pasarían a integrarse en la civitas (ejemplo de la civitas Paesicorum hallada en Arganza, concejo de Tineo).
De esta manera las civitates, surgidas (y sin duda consolidadas) durante el siglo II d.C., se identificarían con unidades político-administrativas similares a los municipios de la Meseta (recordar los casos de Flavionavia -Santianes de Pravia-, Gigia -Gijón-, Lucus Asturum -Lugo de Llanera-, etc.).
Tanto colonias como municipios funcionaban con un mismo esquema de magistraturas, instituciones, cargos municipales y orden social como consecuencia de que el Estado romano trataba de propagar un único sistema de poblamiento urbano, en el que el desempeño de las magistraturas, de carácter anual, no solo era gratuito sino que había que responder con su patrimonio ante anormalidades surgidas en el transcurso del cargo (ver la inscripción fragmentada en la que aparece representado el togado de Los Cabos).
Sin embargo, no toda la población autóctona alcanzaría el estatuto privilegiado, sino que muchos de ellos carecerían de cualquier nivel de ciudadanía, potenciada en parte por la concesión del ius Latii por Vespasiano en el año 73-74.